México, 30 de enero de 2025. El colectivo #LaJusticiaQueQueremos, las organizaciones de la sociedad civil y las personas defensoras de derechos humanos firmantes manifestamos nuestra preocupación por los recientes acontecimientos en torno al proceso de selección de personas candidatas a cargos de elección popular del Poder Judicial de la Federación y, en particular, por la resolución del 27 de enero de 2025 emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que tiene por incumplida la sentencia recaída en los expedientes SUP-JDC-8/2025 y sus acumulados en contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial.
En dicha resolución, la mayoría de la Sala Superior del TEPJF instruye al Senado de la República a realizar, en sustitución del referido Comité de Evaluación, una insaculación pública para conformar la lista de las personas candidatas que deberá validar el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que eventualmente podrán participar en el proceso electoral del próximo 1º de junio, señalando que en caso de que la Corte no apruebe dicho listado, el Senado lo enviará directamente al Instituto Nacional Electoral.
Lo anterior representa una flagrante inconstitucionalidad y desconoce las reglas establecidas para el proceso electoral en curso, a saber:
- Que no se pueden cambiar las reglas de un proceso electoral cuando éste ha iniciado (artículo 105 constitucional, frac. II, inc. i).
- Que es facultad exclusiva del Poder Judicial de la Federación, a través de su Comité de Evaluación, seleccionar a las personas candidatas mediante la metodología que para tales efectos éste establezca. No se ha previsto legalmente, la posibilidad de que dicha facultad sea ejercida por alguno de los otros Poderes de la Unión, en sustitución del Poder Judicial (artículo 96 constitucional, frac. II inciso b).
- Dado que el Comité de Evaluación del Poder Judicial suspendió sus actividades en cumplimiento de varias resoluciones judiciales, su labor se limitó a revisar que las personas inscritas en su convocatoria entregarán la documentación requerida, sin que estuviera en posibilidad de evaluar la idoneidad de sus perfiles a través del análisis de “su buena fama, perfil curricular y sus antecedentes profesionales y académicos” y de la aplicación de un examen escrito que permitiera evaluar sus conocimientos, como lo preveía la metodología establecida en su convocatoria. Por ende, de acatar la resolución en cuestión, el Senado, además de suplantar inconstitucionalmente al Poder Judicial en el ejercicio de sus facultades, realizará una insaculación entre personas cuya capacidad técnica e idoneidad ética no han sido valoradas ni garantizadas. Esto contraviene el inciso b de la fracción II del artículo 96 de la Constitución, que establece que cada Comité de Evaluación “identificará a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica” y su inciso c que prevé que la insaculación se realizará de entre “las personas mejor evaluadas”.
- La intervención del Senado en el proceso de elección judicial se limita a dos tareas: emitir la convocatoria para la integración del listado de candidaturas, y recibir las postulaciones previamente definidas por cada uno de los Poderes de la Unión para enviar los listados al Instituto Nacional Electoral (artículo 96 constitucional, frac. I y III). En ningún momento, la Constitución otorga facultades al Senado para realizar la insaculación que ordenó el Tribunal Electoral, ni para modificar o aprobar de facto, el listado de candidaturas de alguno de los tres poderes de la Unión.
No omitimos mencionar, que la resolución de la Sala Superior del TEPJF se suma a otras irregularidades que desde el colectivo #LaJusticiaQueQueremos hemos detectado y señalamos como preocupantes, mismas que ha continuación se recapitulan:
- Los distintos Poderes de la Unión, sus comités de evaluación y el Instituto Nacional Electoral han reiteradamente desacatado resoluciones judiciales que ordenaban la suspensión del proceso electoral.
- El Comité de Evaluación del Poder Legislativo no publicó en el tiempo señalado por la Constitución la lista de las personas candidatas que cumplían con los requisitos para participar en el proceso de preselección por parte de este Poder y modificó esta lista en varias ocasiones, generado dudas sobre el rigor de la revisión realizada por dicho Comité.
- La opacidad ha sido la regla en el trabajo de los Comités de Evaluación, ya que no publicaron los expedientes de las personas inscritas y que están siendo evaluadas, ni mucho menos se están transmitiendo las entrevistas establecidas en las convocatorias ni sus sesiones de trabajo.
- Dado que no se habían previsto reglas sobre los medios de impugnación en contra de las resoluciones de los Comités de Evaluación, éstas se establecieron, habiendo ya iniciado el proceso electoral.
Habiendo señalado en múltiples ocasiones (antes, durante y después de la aprobación de la reforma judicial) los riesgos de la misma y, en particular, que la impartición de justicia sería más lenta e ineficiente, además de afectarse la independencia judicial de las personas juzgadoras y la autonomía de los poderes judiciales del país, desde el colectivo #LaJusticiaQueQueremos hemos insistentemente reiterado nuestra preocupación con respecto a la falta de certeza jurídica y el escaso rigor técnico en el proceso de elección de las personas juzgadoras a nivel federal, por lo que urgimos a todas las autoridades a apegarse al texto constitucional. La manera en que se ha conducido el proceso de elección judicial pone en riesgo la elección actual y las futuras, tanto a nivel local como federal, ya que resoluciones como la emitida el pasado 27 de enero sientan precedentes jurídicos que afectan directamente las condiciones democráticas necesarias para realizar cualquier elección por voto popular. Insistimos, por último, en la apremiante necesidad de un diálogo nacional en torno a una reforma judicial integral y su implementación, reiterando que la reforma hoy vigente NO es la reforma en materia de justicia que México requiere.
Exigencias a las autoridades involucradas:
A la Presidencia de la República y al Poder Ejecutivo:
- Garantizar el respeto absoluto al Estado de Derecho y la Constitución. Urgimos al Poder Ejecutivo a abstenerse de fomentar o permitir cualquier acción que contravenga el marco constitucional y que pueda debilitar la independencia y autonomía del Poder Judicial. Esto incluye asegurar que las reformas legales y las decisiones administrativas no interfieran con el proceso de selección judicial de manera irregular o en detrimento de la legitimidad del sistema de justicia.
- Facilitar un espacio de diálogo y consenso entre los Poderes de la Unión. Reiteramos la necesidad de que el Ejecutivo impulse y garantice un proceso de reforma judicial integral que tome en cuenta las necesidades reales del sistema de justicia y que se base en un diálogo inclusivo con organizaciones de la sociedad civil, personas académicas, operadores del sistema judicial y otros actores relevantes, para asegurar una implementación efectiva y justa.
- Cumplir con las sentencias judiciales. Instamos al Poder Ejecutivo a que impulse el cumplimiento inmediato de las resoluciones judiciales en materia electoral y de selección de las personas candidatas al Poder Judicial, evitando dilaciones o incumplimientos que sigan afectando la confianza en el proceso.
Al Poder Legislativo:
- Restaurar el respeto a las competencias del Poder Judicial en el proceso de selección judicial. El Senado debe abstenerse de intervenir en el proceso de selección de personas candidatas al Poder Judicial de la Federación más allá de las competencias que la Constitución le asigna. En lugar de suplantar las funciones del Comité de Evaluación del Poder Judicial, el Senado debe garantizar que dicho Comité retome sus funciones y complete el proceso de selección conforme a las metodologías y criterios establecidos en la ley.
- Transparencia total en el proceso de selección judicial. Urgimos al Poder Legislativo a garantizar que todos los procedimientos de evaluación sean públicos, permitiendo el acceso completo a la información sobre los perfiles de las personas aspirantes a ocupar cargos judiciales, incluyendo la publicación de los expedientes completos y la transmisión en vivo de las entrevistas y sesiones de evaluación.
- Cumplimiento de los plazos constitucionales y mejora en los procesos de revisión. Exigimos que el Senado cumpla estrictamente con los plazos establecidos por la Constitución para la publicación y revisión de las candidaturas y que se evite la modificación arbitraria de listas de personas candidatas, como ocurrió en ocasiones anteriores. Se debe asegurar que los procesos de selección se realicen con la rigurosidad y el análisis técnico correspondientes.
Al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF):
- Respetar la autonomía del Poder Judicial en el proceso de selección de sus miembros. Demandamos que el Tribunal Electoral respete y se adhiera a las competencias constitucionales del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación y evite intervenir de manera que socave la legalidad o la independencia de este proceso. Es imperativo que la Sala Superior del TEPJF rectifique la resolución del 27 de enero de 2025 que modifica el proceso de selección judicial y establezca una jurisprudencia coherente con los principios constitucionales.
- Evitar crear precedentes que afecten la independencia judicial. Reiteramos la importancia de que el TEPJF se abstenga de emitir resoluciones que puedan sentar un precedente jurídico que interfiera en el diseño y la autonomía del proceso de selección judicial, ya que este tipo de decisiones pone en riesgo no solo la legitimidad de la presente elección, sino de las futuras, tanto a nivel federal como local.
- Reforzar la imparcialidad en la interpretación constitucional. Exigimos que el Tribunal Electoral actúe con plena imparcialidad en todas sus resoluciones y que se base exclusivamente en el respeto al marco constitucional, sin ceder a presiones externas o políticas que puedan comprometer su independencia y objetividad.
Organizaciones firmantes:
Colectivo #LaJusticiaQueQueremos
Centro de Investigación de Crímenes Atroces (CICA)
Fundación para el Debido Proceso (DPLF)
Juicio Justo
México Unido Contra la Delincuencia (MUCD)
Observatorio de Designaciones Públicas
Práctica: Laboratorio para la democracia
Mexiro A.C
Impunidad Cero
Justicia Pro Persona
Personas firmantes:
Alejandra Hernández García
Alejandra S. Quezada
Eliana García
Juan Pablo Campos Glez
Laurence Pantin
Marcia Itzel Checa Gutiérrez
Paulina Barrera Rosales
Ana Yeli Pérez Garrido
Contacto de prensa:
Sacnicté Caballero
colectivo@lajusticiaquequeremos.org